12 Mar Desahuciados
Publicado en Beevoz el 3 de noviembre de 2013
http://www.beevoz.com/2013/11/03/desahuciados/
Por: Paloma González Loché
¿Qué hace que las familias se lancen a la adquisición de una vivienda? En España existían alquileres a precios módicos hasta que la situación cambia a partir del llamado «Decreto Boyer»[Real Decreto-Ley 2/1985 de 30 de abril] durante el primer mandato del PSOE, por virtud del cual los alquileres habrían de ser revisados anualmente y se limitaban las subrogaciones.
Evidentemente esto produjo un disparatado coste de los alquileres que se empezó a equiparar al pago mensual de la hipoteca de una vivienda en propiedad e hizo que la mayoría de las personas optaran por esta solución sin la sensación de “tirar el dinero” mensualmente.
Cuando un salario mínimo establecido por Ley ni siquiera alcanza al llamado mileurista y en percepción neta, no bruta, un alquiler no debería ser más caro de €200 para permitir afrontar los muchos otros gastos que asumen las familias hoy día. Desde gas, electricidad, manutención, colegios, transportes y un largo etcétera de pellizcos al presupuesto.
¡Y a negociar con Bancos! Los bancos ofrecieron durante una temporada el coste total de la vivienda e incluso se ampliaba la hipoteca para mobiliario, en lugar de atenerse al 80% del coste real del piso. Cuando el banco te entrega todo el dinero es difícil hacer consideraciones tipo «y si las cosas se tuercen ¿seré capaz de afrontar el pago?». No se hacen las cuentas necesarias y si sobreviene un problema como el paro u otra circunstancia personal sobrevenida: una hipoteca media, entre: €600 / €1.000 se deja de pagar y sobreviene el desahucio…
¿Quiénes son responsables de un desahucio?
En primer lugar el adquirente de la hipoteca. Tiene que existir un colchón para hacer frente a los pagos sin aceptar más de lo que la economía doméstica permita y dejando el suficiente remanente.
En segundo lugar el banco por aumentar el valor real del piso a la hora de constituir la hipoteca. A la hora de quedarse la vivienda resulta tener menos valor, y también ha de asumir su responsabilidad. Lo que se hipoteca es una vivienda no a una persona obligándola a pagar la totalidad después de haber abandonado su
hogar. ¿Y si la persona desahuciada termina –por distintas causas— de pagar la hipoteca y se ha vendido? ¿Quién devolvería a ésta su vivienda?
Por último el Poder Legislativo que debe dar respuesta a situaciones emergentes y mediar de forma eficaz: la «dación en pago» sería una medida suficiente. Pero hay otras posibilidades socialmente aceptables que evitarían este gran drama social. La subrogación de hipoteca a la progenie o bien si no han alcanzado la mayoría de edad, aplazar la hipoteca el tiempo necesario pues el Estado tiene medios, como cotizaciones a Seguridad Social y otros para verificar si la circunstancia ha variado y un año después de que se produzca este cambio, a efectos de que la situación familiar se estabilice, se pueda regresar a la situación anterior.
La Ley en estos casos debe contemplar que el Banco fije un pago mensual razonable de 100 a 200 euros máximos a personas en dificultad social aumentando el número de años que sean necesarios con intereses establecidos no leoninos, que cubrieran la vida de progenitores pasando a herederos o bien regulando la cobertura de periodos de crisis; de esta forma no se expulsarían a las personas de sus viviendas y podrían asumirse los pagos, solucionando dos problemas en uno.
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